Asesoría fiscal por videollamada (hasta 30 min): $500 $150 · La promoción termina en – →
El Conta Online Agendar videollamada
Servicio

Declaración anual en línea para personas físicas

Presentamos tu declaración anual sin errores, aprovechando todas tus deducciones personales y tramitando tu saldo a favor para que el SAT te regrese lo que es tuyo.

¿Quién debe presentarla?

Las personas físicas presentan su declaración anual en abril del año siguiente. La del ejercicio 2026 vence el 30 de abril de 2027. Están obligados, entre otros:

  • Quienes tienen honorarios, actividad empresarial o rentas.
  • Asalariados que ganaron más de $400,000 en el año, tuvieron dos o más patrones al mismo tiempo, dejaron su empleo antes del 31 de diciembre o tuvieron otros ingresos además del sueldo.

Las personas físicas en RESICO, en general, están relevadas de presentarla. Si no sabes si te toca, revisa nuestra guía ¿Estoy obligado a presentar la declaración anual?

Deducciones que pueden darte saldo a favor

  • Honorarios médicos, dentales, de psicología y nutrición, y gastos hospitalarios.
  • Lentes graduados y primas de seguros de gastos médicos.
  • Colegiaturas (con su propio límite por nivel educativo).
  • Intereses reales de créditos hipotecarios.
  • Aportaciones voluntarias al retiro y donativos.

Deben estar facturadas a tu RFC y pagadas con tarjeta, transferencia o cheque. El total de deducciones personales tiene un tope: lo menor entre cinco UMA anuales ($213,973.20 en 2026) o el 15% de tus ingresos, salvo las que tienen límite propio.

Qué incluye nuestro servicio

  • Revisión de tus ingresos, retenciones y facturas precargadas por el SAT.
  • Validación de que tus deducciones cumplan requisitos para que no te las rechacen.
  • Presentación de la declaración y entrega del acuse.
  • Seguimiento de tu devolución si te sale saldo a favor.
TipNo esperes a la última semana de abril. Presentarla antes te da tiempo de corregir cualquier diferencia y, si tienes saldo a favor, recibir tu devolución más pronto.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo vence la declaración anual de 2026?

Para personas físicas, el 30 de abril de 2027. Las personas morales la presentan a más tardar el 31 de marzo.

¿Cuánto tarda la devolución del saldo a favor?

Cuando es automática suele llegar en pocos días. Si se tramita por solicitud, el SAT tiene por ley hasta 40 días hábiles para resolver.

¿Qué necesito para presentarla?

Tu RFC, contraseña del SAT o e.firma vigente, tus constancias de retenciones si eres asalariado y una cuenta CLABE a tu nombre por si te sale saldo a favor.

Si no estoy obligado, ¿me conviene presentarla?

Si tienes deducciones personales, muchas veces sí, porque pueden generarte saldo a favor que el SAT te devuelve.